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clinic-doctor-health-hospital-mediumDurante el trámite en búsqueda de una tarjeta de residencia o green card por petición de una familiar es posible que se le solicita a la persona una prueba de ADN que pueda ratificar que en efecto es un familiar y que existe un vínculo sanguíneo con esa persona. Como muchos saben la prueba de ADN es la indicada para poder probar genéticamente la relación biológica que existe entre dos personas durante la tramitación de una visa.

Todo esto con el afán de asegurarse que se estén realizando de forma correcta y limpia los trámites y que entre el solicitante y la persona solicitada hay, en efecto, una relación de sangre. En muchas ocasiones con tan solo pasar un bastoncillo por el interior de la boca, es suficiente.

¿Es obligatoria esta prueba?

No, no lo es. E incluso en muchos casos son la excepción. En la mayoría de los casos  se prueba la relación entre solicitante y pedido a través del certificado o acta de nacimiento, en especial porque son pruebas bastante caras.

Así que generalmente se practican cuando hay pocos medios para poder probar ese vínculo o cuando se tienen altas sospechas del mismo.

Una vez que se le indica a la persona que debe presentar la prueba de ADN para obtener la green card el solicitado medic-hospital-laboratory-medical-40559-mediumpodrá decidir si desea o no someterse a la prueba.

Además todo el costo de la misma va por cuenta del solicitado o del solicitante. El importe por la prueba, deberá ser abonado al laboratorio antes de realizarse.

Las pruebas de AND solo podrán realizarse en los laboratorios que se encuentran acreditados por a AABB (Asociación de bancos de sangre). Si el laboratorio donde se practicará la prueba no está incluido en la lista, no se admitirán los resultados.

Una vez realizada la prueba…

  1. El laboratorio enviará el kit directamente a la oficina consular. Jamás al solicitante o al beneficiario de la petición de la tarjeta de residencia.
  2. El día de la cita para este asunto, el beneficiario de la petición de la visa de inmigrante debe presentarse a la hora fijada con su pasaporte, una foto y el recibo de haber pagado por los servicios médicos.
  3. Cuando estén listos los resultados, se notificarán directamente a la oficina consular.
  4. El beneficiario, si así lo desea, puede solicitar directamente al laboratorio una copia de los resultados. La oficina consular americana nunca otorgará tal copia.