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sin-tituloEstados Unidos, permite cada año, que miles de extranjeros ingresen al país, para trabajar legalmente en una amplísima variedad de profesiones y ocupaciones. Lo ideal, a la hora de inmigrar, es tener muy claro cuál es la visa de trabajo adecuada para la situación del solicitante.

¿Cuáles son las visas ideales para todo aquel que sueñe desarrollarse profesionalmente en los Estados Unidos? En esta oportunidad hablaremos de la visa O1 y las visas EB1-EB-2 y EB-3

Las personas con habilidades extraordinarias puedan solicitar una visa  O1.

Esta visa es ideal para deportistas, científicos, educadores, empresarios y artistas, de reconocido prestigio; como por ejemplo: Los ganadores de un premio Nobel o de una medalla olímpica. Estas personas pueden solicitar la visa por sí mismas, rellenando el formulario I-140 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).

La visa EB-1 y la visa EB–2

Es la adecuada para profesores universitarios, investigadores, ejecutivos de multinacionales, personas con estudios de doctorado finalizados, o licenciados, con al menos cinco años de experiencia laboral; deportistas, artistas, científicos o empresarios.

Estas  visas  exigen que la petición sea realizada por un empleador de Estados Unidos. Es decir, requiere la
workplace-953162_960_720existencia previa, de una oferta de trabajo concreta. Además, es necesario obtener una certificación laboral individual del Departamento de Trabajo de Estados Unidos.

La única excepción a esta certificación es poder demostrar, ante el USCIS, que se tiene capacidad especial que puede favorecer los intereses nacionales de Estados Unidos.

Visa de trabajo EB-3

Esta visa es perfecta para profesionales con estudios universitarios, los trabajadores con conocimientos especiales, con al menos dos años de experiencia o entrenamiento, o incluso, trabajadores sin habilidades especiales.

En estos casos es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que un empresario en Estados Unidos realice una oferta de trabajo permanente y a tiempo completo.
  • Que el empleador no encuentre, en ese momento, a una persona estadounidense o residente permanente que pueda cubrir el puesto de trabajo vacante.
  • Que el Departamento de Trabajo certifique la capacidad laboral de la persona extrajera.
  • Que el empleador presente, ante el USCIS, el formulario I-140 y demuestre la capacidad para pagar el salario que ofrece por el trabajo.