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La Visa C1/D, también conocida como de tripulación o tránsito, está dirigida a las personas contratadas por cruceros para que puedan transitar y embarcar en Estados Unidos.

La industria turística de los cruceros en este país es gigantesca. Cada año, al menos 20 millones de personas embarcan en un puerto de los Estados Unidos para disfrutar de sus vacaciones; además de los trabajadores de crucero de diferentes ámbitos (cocineros, meseros, personal de limpieza, mantenimiento, etc.).

Grandes empresas de crucero necesitan un flujo continuo de trabajadores (tripulantes), y muchas de estas contratan a trabajadores de otros países, directamente o a través de agencias a autorizadas.

¿Cómo se solicita la Visa C1/D?

Visa C1/D para tripulantes de crucero

Primero es necesario pasar por un proceso de selección y que alguna compañía de crucero lo contrate. Usted debe contar con una carta oficial en la que se especifica que ha sido contratado y debe presentarla ante la embajada o consulado en el que se tramite la visa.

Seguidamente, debe llenar por internet el formulario DS-160. Dependiendo del consulado, por lo general hay que subir una foto digital durante este proceso. En algunos casos, la foto se lleva el día de la entrevista. Así que fíjese bien en los requisitos que solicite la embajada a la que acudirá. Al terminar de llenar el formulario, debe imprimir la confirmación. Recuerde que este es un documento esencial que deberá llevar a la entrevista.

Debe seguir las instrucciones que se indican al llenar dicho formulario para el pago del arancel (cancelación). Cada país tiene reglas distintas, pero como al iniciar a llenar el documento se escoge el país, simplemente debe seguir las instrucciones.

Recuerde que sin el pago del arancel no será posible realizar la cita para la entrevista.

El siguiente paso es programar una cita.

Límites de la Visa C1/DVisa C1/D para tripulantes de crucero

 

Esta visa es válida por el tiempo que se especifica en la misma. Si caduca antes el pasaporte, usted debe viajar con el nuevo y con el que tenga la visa (el expirado).

La Visa C1/D, aun cuando estè sin expirar, no puede ser empleada para trabajar legalmente en Estados Unidos en otro tipo de empleo. Por ejemplo, un mesero contratado para un crucero, con esa visa no puede quedarse en el país para trabajar en un restaurante, sin antes obtener una visa distinta, una que permita trabajar.

Tampoco se puede permanecer en Estados Unidos si no existe un contrato vigente con una compañía de cruceros.

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